De acuerdo con la sentencia, la Corte declaró que, por el tipo de funciones que ejerce el teletrabajador en este nuevo panorama, el empleador no debe aplicar a éste las disposiciones que regían bajo la antigua jornada de trabajo, a saber: horas extraordinarias y trabajo nocturno. Pero lo relevante del pronunciamiento del tribunal fue que si al teletrabajador se le asigna más trabajo de lo normal o se excede en el horario de trabajo, las horas extras deberán ser reconocidas, tal cual como señala uno de los parágrafos de la norma.
Fuente: Diario infobae.com
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