Costa Rica. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso Acosta Martínez y otros Vs. Argentina, encontró responsable al Estado argentino por la violación de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal, igualdad y no discriminación del señor José Delfín Acosta Martínez.
Por otra parte, declara responsabilidad estatal por la violación a la integridad personal, a las garantías judiciales y protección judicial de sus familiares. Como consecuencia de esto, la Corte concluyó que Argentina es responsable de violación de los artículos 4.1 (derecho a la vida), 5.1 (derecho a la integridad personal), 5.2 (prohibición absoluta de someter a alguien a torturas o a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes), 7.2, 7.3, 7.4 (derecho a la libertad personal y sus garantías) y 24 (igualdad ante la ley) de la Convención, en relación con los artículos 1.1 (obligación de respetar derechos) y 2 (deber de adoptar decisiones de derecho interno) del mismo instrumento, en perjuicio de José Delfín Acosta Martínez, así como de la violación de los artículos 5.1 (derecho a la integridad personal), 8.1 (garantías judiciales) y 25.1 (protección judicial) de la Convención, en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento, en perjuicio de su madre, Blanca Rosa Martínez, y su hermano, Ángel Acosta Martínez.