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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto por el que se establece el nuevo Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, que deroga y sustituye el Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, que aprobó el Reglamento actualmente vigente.

La nueva norma promueve la igualdad de acceso de toda persona a la justicia, mediante la modernización del sistema y mejora de la calidad del servicio de asistencia jurídica gratuita, recogido en el artículo 119 de la Constitución Española, para aquellas personas que acrediten insuficientes recursos para litigar.

Con esta reforma, se adecúa el sistema actual de asistencia jurídica gratuita al ordenamiento jurídico vigente y da respuesta a continuas demandas de la abogacía que buscan la mejora en la calidad de este servicio.

La nueva norma determina, como regla general, el pago mensual de la subvención de asistencia jurídica gratuita por parte del Ministerio de Justicia, agilizando el pago de estas actuaciones, que hasta ahora se tenían una periodicidad de pago trimestral. El cobro más inmediato por parte de abogados y procuradores repercutirá en la mejora del servicio para la ciudadanía.

Además, el Reglamento establece que la subvención de asistencia jurídica gratuita se aplicará, también, a los honorarios dejados de percibir por aquellos profesionales del turno de oficio que hayan prestado el servicio, cuando el expediente no haya obtenido el beneficio por insuficiencia de documentación.

Fuente: Noticias Jurídicas marzo 2021